PENSIÓN COMPENSATORIA. POR EXCEPCIÓN, SU DURACIÓN PUEDE SER DIFERENTE AL TIEMPO DEL MATRIMONIO, CUANDO SE ACREDITE QUE LA RELACIÓN FAMILIAR INICIÓ CON ANTERIORIDAD A LA CELEBRACIÓN DE ÉSTE.
Texto de la tesis
Si bien la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la condena al pago de una pensión compensatoria debe considerarse por el mismo tiempo que duró el matrimonio, lo cierto es que dicha regla general, encuentra una excepción en aquellos casos en donde se acredite que la relación familiar que se disolverá con el divorcio es mayor a la duración del propio matrimonio; de esa manera, si dicha relación inició con anterioridad a la celebración del matrimonio, resulta apegado a derecho considerar esa temporalidad (ajeno al tiempo del matrimonio) en el plazo que subs...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.