IUSera
Registro digital 2019866 · Jurisprudencia · 10a. Época · I.1o.A. J/20 (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPUESTO PREDIAL. LOS EFECTOS DEL AMPARO CONCEDIDO CONTRA EL ARTÍCULO 130, FRACCIÓN II, PUNTO 1, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA DEBEN SER NO SÓLO QUE SE APLIQUE LA CUOTA FIJA DEL RANGO D PARA EL CÁLCULO DE ESA CONTRIBUCIÓN, SINO TAMBIÉN LOS VALORES RELATIVOS AL LÍMITE INFERIOR Y AL PORCENTAJE PARA APLICARSE SOBRE EL EXCEDENTE DE ÉSTE QUE PARA DICHO RANGO PREVÉ LA FRACCIÓN I DEL PROPIO PRECEPTO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2017 Y 2018).

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario Urbanístico e Inmobiliario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La concesión del amparo contra el artículo citado, vigente en 2017 y 2018, por violación al principio de equidad tributaria, a los particulares que tengan un inmueble ubicado por su valor catastral en los rangos E al P de la fracción I del propio precepto, debe ser para el efecto de que, al calcular el tributo, se aplique no sólo la cuota fija del rango D del punto 1 de la fracción II, sino también los valores relativos al límite inferior y al porcentaje para aplicarse sobre el excedente de éste que para dicho rango prevé la fracción I indicada, pues de esa forma se conserva la proporcionalida...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.