IUSera
Registro digital 2019813 · Tesis aislada · 10a. Época · XXXII.3 C (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

ANOTACIÓN PREVENTIVA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, DE UNA DEMANDA CIVIL RELACIONADA CON UN JUICIO ORDINARIO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. SÓLO PUEDE CANCELARSE POR EL JUEZ QUE LA DECRETÓ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COLIMA).

Civil y Familiar Urbanístico e Inmobiliario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 389/2011, estableció que la finalidad que se persigue con las anotaciones preventivas, es dar seguridad a las personas adquirentes de una finca o derecho real, y evitarles enajenaciones infructuosas como adquirentes de buena fe respecto del inmueble en litigio. Por otra parte, conforme a la interpretación sistemática de los artículos 66, 85 y 87 de la Ley del Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima, cuando se demanda la acción proforma, la anotación preventiva de la demanda re...

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