IUSera
Registro digital 2019810 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.C.4 C (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ALIMENTOS CAÍDOS. POR SU NATURALEZA ES NECESARIO EXPRESAR EN LA DEMANDA CÓMO SE CAUSARON, EN QUÉ FORMA QUEDARON SATISFECHOS Y ACREDITARLO.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Atento a las características de los alimentos caídos, que esencialmente obedecen a la pretensión de recuperar el numerario que se destinó a sufragarlos, en sustitución del coobligado que no los proporcionó y, precisamente, por obrar hacia el pasado, es menester especificar en el ocurso de demanda cómo se causaron, en qué forma quedaron satisfechos y acreditarlo, por ejemplo, evidenciando que existió dificultad para proveerlos y que, incluso, se contrajeron deudas para no comprometer la subsistencia del acreedor alimentario, máxime si el deudor tuvo conocimiento de la paternidad de su descendie...

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