IUSera
Registro digital 2019805 · Tesis aislada · 10a. Época · I.13o.T.33 K (10a.) · DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

SENTENCIAS DE AMPARO DIRECTO. EL REQUERIMIENTO CON APERCIBIMIENTO DE MULTA PARA QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUMPLA, DEBE REALIZARSE EN LA MISMA EJECUTORIA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 192 de la Ley de Amparo establece que las ejecutorias de amparo deben ser puntualmente cumplidas, por lo que cuando cause ejecutoria la sentencia en que se haya concedido el amparo, el Tribunal Colegiado de Circuito ordenará la notificación sin demora a las partes y en la que se haga a la autoridad responsable, se le requerirá para que cumpla dentro del plazo de 3 días, con el apercibimiento que de no hacerlo sin causa justificada, se impondrá a su titular una multa que se determinará desde luego y se remitirá el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para seguir e...

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