GRATIFICACIÓN POR ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. PARA QUE INTEGRE EL SALARIO PARA EL CÁLCULO DE LA GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN, ES NECESARIO ACREDITAR QUE SE PERCIBIÓ, POR LO MENOS, EL 75% DE LOS TRIMESTRES DEL AÑO ANTERIOR A ÉSTA.
Texto de la tesis
La cláusula 68, numeral 1, del Contrato Colectivo de Trabajo de la Universidad Nacional Autónoma de México, bienio 2016-2018, establece que a los trabajadores que durante un trimestre no incurran en faltas de asistencia ni retardos, la universidad les otorgará una gratificación equivalente a una cuota, que se determinará de acuerdo al rango de salario en que se encuentre el trabajador al momento de concluir el trimestre en el que se haga merecedor al pago del estímulo. En este sentido, para que el trabajador tenga derecho a que se integre esta prestación al salario para el pago de la gratifica...
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