IUSera
Registro digital 2019763 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.210 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

CONFLICTO COMPETENCIAL EN MATERIA LABORAL. SE SUSCITA CUANDO DOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES SE REHÚSAN A CONOCER DE UNA PROMOCIÓN, AUN CUANDO SE TRATE DE UN PROCEDIMIENTO PARAPROCESAL, POR LO QUE DEBE DIRIMIRSE CONFORME AL ARTÍCULO 705 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con los artículos 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, los procedimientos paraprocesales son promociones voluntarias que pueden realizar los trabajadores, sindicatos o patrones, y por su naturaleza requieren de la intervención de una autoridad laboral competente a fin de que por su conducto se diligencie esa petición, que conforme a la tesis aislada 16 de la otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "PARAPROCESAL, JUNTA COMPETENTE PARA CONOCER DEL PROCEDIMIENTO.", la competencia se determina por razón de la materia; de lo que se sigue que cuando...

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