RESOLUCIÓN QUE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL E IMPONE LA MULTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 249 DE LA LEY DE AMPARO. EN SU CONTRA PROCEDE EL RECURSO DE REVISIÓN Y NO EL DE QUEJA.
Texto de la tesis
El artículo 97, fracción I, de la Ley de Amparo establece que el recurso de queja en el juicio biinstancial procede contra las resoluciones que: a) admitan total o parcialmente, desechen o tengan por no presentada una demanda de amparo o su ampliación; b) concedan o nieguen la suspensión de plano o la provisional; c) rehúsen la admisión de fianzas o contrafianzas, admitan las que no reúnan los requisitos legales o que puedan resultar excesivas o insuficientes; d) reconozcan o nieguen el carácter de tercero interesado; e) se dicten durante la tramitación del juicio o del incidente de suspensión...
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