IUSera
Registro digital 2019723 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.E.251 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONOMICA, RADIODIFUSION Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MEXICO Y JURISDICCION EN TODA LA REPUBLICA.

INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES. CUANDO EN EL JUICIO DE AMPARO EN EL QUE SE RECLAME ALGUNO DE SUS ACTOS, EL QUEJOSO APORTE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, DEBE PERMITIRSE A ESE ÓRGANO EL ACCESO A ÉSTA, SIEMPRE QUE SEA ESENCIAL PARA SU DEFENSA.

Transporte y Comunicaciones Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Conforme a los artículos 6o., apartado A, fracciones I y II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 de la Ley Federal y 116 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el objetivo de la clasificación de la información confidencial consiste en que se adopten las medidas que permitan actuar en orden a su protección. Así, la preservación de su secrecía constituye un derecho fundamental que permite a su titular evitar que se devele por terceros el contenido de los documentos, datos e informes que tengan esa calidad, lo cual, tratándose de...

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