DAÑO MORAL. EL CAUSADO POR AFECTACIÓN A LA BUENA REPUTACIÓN DERIVADA DE REPORTES DE CRÉDITO INGRESADOS POR UN USUARIO EN UNA SOCIEDAD DE INFORMACIÓN CREDITICIA, NO GOZA DE PRESUNCIÓN.
Texto de la tesis
En el caso de registros de reportes de crédito hechos por un usuario en una sociedad de información crediticia que se hubieren declarado ilícitos por referirse a créditos inexistentes, falsos, o tratarse de registros irregulares, la existencia de daño moral a la buena reputación del cliente no goza de presunción a partir de la acreditación del ilícito, pues de acuerdo con la regulación establecida en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, el sistema de los denominados burós de crédito, tiene las siguientes características relevantes: 1) es una base de datos privada cuyo...
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