IUSera
Registro digital 2019665 · Tesis aislada · 10a. Época · I.14o.T.5 K (10a.) · DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. EL AUTO QUE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, PREVIO APERCIBIMIENTO, NO CONSTITUYE UN ACTO DERIVADO DE OTRO CONSENTIDO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El auto que requiere a una de las partes para ratificar la firma de su escrito de demanda, apercibiéndola de que en caso de no hacerlo se tendrá por no presentada, es un acto autónomo y distinto a aquel en el que, ante la falta de ratificación, se hace efectivo el apercibimiento y se determina no dar trámite al asunto y ordenar su archivo, en virtud de que el hecho de no admitir la demanda y ordenar el archivo del asunto, no deriva propiamente del acuerdo en el que se apercibió al promovente, sino de la omisión de éste de ratificar la firma en el término concedido; razón por la cual, el que no...

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