IUSera
Registro digital 2019579 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.237 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CUANDO EL ACTO RECLAMADO VERSA SOBRE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS TENDENTES A GARANTIZAR LA REPARACIÓN INTEGRAL CONTENIDA EN LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS, POR VIOLACIONES GRAVES A DERECHOS HUMANOS. SE SURTE A FAVOR DE UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 4 de la Ley General de Víctimas establece que son víctimas directas las personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional o, en general, cualquier puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte; y víctimas indirectas, los familiares o aquellas personas físicas a cargo de la víctima directa que tenga...

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