RESOLUCIÓN FINAL DE UN PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL. LOS PRODUCTORES NACIONALES TIENEN INTERÉS LEGÍTIMO PARA IMPUGNARLA EN EL AMPARO, AUN CUANDO EL EFECTO PROTECTOR DE LA SENTENCIA PUEDA BENEFICIAR A QUIENES NO PROMOVIERON EL JUICIO.
Texto de la tesis
Toda vez que los productores nacionales tienen interés legítimo para impugnar en el amparo la resolución definitiva de un procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, la circunstancia de que una eventual concesión del amparo pudiera provocar que se vinculara a la autoridad a emitir una resolución que impusiera cuotas compensatorias que beneficien a productores distintos de quien promueve el juicio, no constituye una vulneración al principio de relatividad de las sentencias de amparo, pues conforme al artículo 107, fracción I, de la Constitución Po...
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