IUSera
Registro digital 2019462 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.346 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

NULIDAD O ANOTACIÓN EN EL ACTA DE NACIMIENTO. CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA DEMANDAR ESAS PRESTACIONES QUIEN NO INTERVINO EN LA CELEBRACIÓN DEL ACTO JURÍDICO.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Procede desechar la demanda cuando de las prestaciones se advierta que se solicita la nulidad o la rectificación del acta de nacimiento, o bien, la anotación respectiva en el acta de una tercera persona, con el argumento de no ser hermano o medio hermano de éste; lo anterior, porque el actor no tiene interés jurídico para demandar dichas prestaciones pues, en todo caso, los únicos legitimados para solicitarlo son quienes intervinieron en la celebración del acto jurídico; además, en la actualidad prevalece el derecho a la igualdad de hijos, por lo que este tipo de anotaciones en el acta de naci...

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