IUSera
Registro digital 2019419 · Tesis aislada · 10a. Época · V.2o.P.A.17 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

INDEMNIZACIÓN GLOBAL PREVISTA EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE SONORA. CUANDO ALGUNA DE LAS AUTORIDADES A LAS QUE COMPETE REALIZAR EL TRÁMITE DE DICHA PRESTACIÓN CUMPLIÓ CON LA OBLIGACIÓN QUE LE CORRESPONDE, PERO OTRA NO HA HECHO EL PAGO CORRESPONDIENTE, NO SE ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO POR CESACIÓN DE EFECTOS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 4o., fracción XI, 16, 21 y 89 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora, el trabajador que sin tener derecho a la jubilación o a la pensión por vejez o invalidez se separe definitivamente del servicio, tiene derecho al pago de una indemnización global equivalente a la cuota obligatoria del 17.5% sobre el sueldo básico integrado que devengue. Por otra parte, conforme a los numerales 13, 15, fracción IV y 17, fracción IX, del reglamento interior de dicho instituto (vigentes hasta antes de la reforma publica...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.