COSTAS EN MATERIA MERCANTIL. SI CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA DE AMPARO, LA AUTORIDAD RESPONSABLE EMITE UNA NUEVA SENTENCIA QUE CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES LA DE PRIMERA INSTANCIA, SE ACTUALIZA EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1084, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
Texto de la tesis
El artículo citado prevé: "La condenación en costas se hará cuando así lo prevenga la ley, o cuando a juicio del Juez se haya procedido con temeridad o mala fe. Siempre serán condenados: ... IV. El que fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, sin tomar en cuenta la declaración sobre costas. En este caso, la condenación comprenderá las costas de ambas instancias.". De lo anterior, se advierte que la condena en costas se regula sobre la base del vencimiento puro que da lugar a la compensación o indemnización obligatoria, en favor de la parte que ve...
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