MINISTERIO PÚBLICO. CARECE DE LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVA PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO A NOMBRE DE UN MENOR VÍCTIMA DEL DELITO QUE YA FALLECIÓ Y CUENTA CON REPRESENTACIÓN EN LA CAUSA.
Texto de la tesis
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada 1a. XCVI/2016 (10a.), de título y subtítulo: "MENORES DE EDAD VÍCTIMAS DEL DELITO. LEGITIMACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN SOCIAL PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO A SU FAVOR.", estableció que la especial situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los niños, niñas y adolescentes, justifica que, en ciertos casos, el juicio de amparo pueda ser promovido por otras personas en su nombre y representación –incluyendo al Ministerio Público–, ello con fundamento en el artículo 8o. de la Ley de Amparo, en los principios d...
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