COSA JUZGADA EN MATERIA LABORAL. SE ACTUALIZA CUANDO EN UN JUICIO PREVIO SE DEMANDA EL RECONOCIMIENTO DE UN PERIODO ESPECÍFICO COMO ANTIGÜEDAD GENERAL DE EMPRESA Y EN UNO POSTERIOR, SE RECLAMA EL MISMO LAPSO O UNO INMERSO EN AQUÉL.
Texto de la tesis
Conforme a la jurisprudencia 1a./J. 161/2007, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, febrero de 2008, página 197, de rubro: "COSA JUZGADA. PRESUPUESTOS PARA SU EXISTENCIA.", la excepción de cosa juzgada procede cuando coinciden los siguientes presupuestos: 1. Los sujetos; 2. El objeto; 3. La causa generadora o hechos jurídicos que sirven como fundamento al derecho que se demanda; y, 4. Se resuelve de fondo la pretensión propuesta; así, basta que uno solo difiera para qu...
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