IUSera
Registro digital 2019255 · Tesis aislada · 10a. Época · XXII.P.A.55 P (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

JUSTICIA RESTAURATIVA. CONFORME A ESTE MODELO CONSTITUCIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL, EN EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR NO SÓLO DEBE PREVALECER EL DAÑO PATRIMONIAL, SINO EL PROPÓSITO DE CONSTRUIR LA MEJOR IMAGEN DE LOS PROGENITORES DEUDORES, POR LO QUE EL ESTADO DEBE PROPORCIONAR FACILIDADES A LOS PARTICULARES EN LA CONSECUCIÓN DE ESTOS FINES EN FAVOR DE LOS MENORES DE EDAD.

Penal Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Entre las categorías por las que eventualmente podría generarse discriminación, prohibida por el quinto párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra la edad. En este sentido, las normas que protegen los derechos de menores tienen que interpretarse de manera tal que potencien la protección del interés superior de la niñez y, en el terreno del derecho penal, de forma que procuren, en la intelección de los bienes jurídicamente tutelados, no sólo el aspecto meramente patrimonial, sino asumir el compromiso institucional de construir la identidad...

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