EDUCACIÓN INCLUSIVA. ESTE DERECHO HUMANO PROHÍBE AL ESTADO SEGREGAR A LOS ALUMNOS CON DISCAPACIDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO.
Texto de la tesis
El derecho fundamental referido, reconocido por los artículos 1o. y 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 24, párrafo 1, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, debe entenderse como la posibilidad de que todos los niños, niñas y adolescentes, independientemente de sus condiciones o diferencias, aprendan juntos. En ese sentido, la educación inclusiva reconoce que todo niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje particulares y que los alumnos con necesidades educativas especiales deben tener acc...
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