VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. NO TIENE RECONOCIDO EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL NI EN LA LEY, DERECHO ALGUNO RELACIONADO CON EL LUGAR DE RECLUSIÓN DURANTE LA PRISIÓN PREVENTIVA DEL IMPUTADO.
Texto de la tesis
Los derechos que asisten a las víctimas u ofendidos del delito, contenidos en el artículo 20, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pueden resumirse en los siguientes: 1) intervenir en el juicio, 2) interponer recursos, 3) resguardo de identidad y datos personales, 4) protección garantizada por el Ministerio Público y, 5) solicitar la reparación del daño de manera integral. Así, en el Código Nacional de Procedimientos Penales el legislador desarrolló los principios constitucionales atinentes a los derechos de la víctima, y en cuanto al proceso penal de corte...
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