IUSera
Registro digital 2019160 · Tesis aislada · 10a. Época · I.16o.T.29 L (10a.) · DECIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRIENIOS Y PRIMA DE ANTIGÜEDAD. SON PRESTACIONES LABORALES DE DISTINTA NATURALEZA JURÍDICA QUE NO SE EXCLUYEN ENTRE SÍ, POR LO QUE SI UN TRABAJADOR GOZÓ DE LA PRIMERA, ELLO NO IMPIDE QUE PUEDA PERCIBIR LA SEGUNDA, SI REÚNE LAS CONDICIONES PARA ELLO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El pago de trienios otorgado durante la relación laboral a los trabajadores que han acumulado cierto número de años de servicios –por cada 3 años–, es un complemento del salario; el monto de su pago puede variar mes con mes y tiene la finalidad de reconocer el esfuerzo y colaboración del trabajador durante la vigencia de la relación laboral. Por su parte, la prima de antigüedad tiene como presupuesto la terminación de la relación de trabajo; se entrega en una sola exhibición al terminar ésta y su monto se establece en la Ley Federal del Trabajo –12 días por cada año de servicios–, no obstante,...

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