IUSera
Registro digital 2019158 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.39 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN. EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA CONFESIONAL, LA JUNTA DEBE APRECIAR LAS PARTICULARIDADES DEL CASO CONCRETO, CONSIDERANDO, ENTRE OTRAS, LAS CONDICIONES DE VULNERABILIDAD, LA EDAD Y EL ESTRÉS EN QUE SE UBICAN AQUÉLLOS EN EL DESAHOGO DE LA PRUEBA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La valoración de una prueba confesional en un juicio laboral debe partir de una apreciación de las particularidades del caso concreto, a verdad sabida y buena fe guardada, en términos del artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, pues pueden existir situaciones de vulnerabilidad en la clase obrera que impidan un exacto conocimiento de los hechos sobre los que deponen, máxime cuando se formulan posiciones poco claras. Así, cuando se trata de trabajadores de la construcción, debe atenderse a que es un oficio en el que se requiere de poca preparación académica y que las tareas que les atañen a...

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