CESE DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO POR PRISIÓN DECRETADA EN UNA SENTENCIA EJECUTORIA. ES INTRASCENDENTE QUE SE MATERIALICE O NO LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD PARA QUE SE ACTUALICE AQUELLA HIPÓTESIS SI, ADEMÁS, SE CONSIDERA QUE LA PERSONA NO ES IDÓNEA PARA EL SERVICIO PÚBLICO [INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN V, INCISO J), DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY RELATIVA].
Texto de la tesis
El artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece las causas por las cuales puede ser cesado un trabajador; así, la fracción V, inciso j), prevé como causal: "Por prisión que sea resultado de una sentencia ejecutoria". En ese orden de ideas, "por prisión", debe entenderse la consecuencia, y no la ejecución material o no de la privación de la libertad, sino la imposición de una pena por condena firme, pues existen beneficios que las legislaciones penales prevén para que no se prive a determinada persona de su libertad. Por ello, si se trata de esa causal de c...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.