ORDEN DE CITACIÓN EMITIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA SEGUIDA EN EL SISTEMA PENAL MIXTO O TRADICIONAL. EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CUANDO NO CONTIENE APERCIBIMIENTO EN CASO DE INASISTENCIA.
Texto de la tesis
El juicio de amparo es improcedente contra la orden de citación emitida por el Ministerio Público en la averiguación previa seguida en el sistema penal mixto o tradicional, cuando en dicho citatorio no se contiene apercibimiento en el supuesto de que el gobernado no asista a la cita, porque contra las diligencias llevadas a cabo por la representación social tendentes a la integración de una averiguación previa, por regla general, como lo ha establecido la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el juicio de amparo es improcedente; y si bien esa regla admite excepciones, ello...
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