COMPETENCIA TERRITORIAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE ZAPOPAN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. LA FRACCIÓN XXVII DEL ARTÍCULO PRIMERO DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS REGIONALES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 15 DE ENERO DE 2013, NO TIENE LAS CARACTERÍSTICAS DE UNA NORMA COMPLEJA [APLICACIÓN DE LAS JURISPRUDENCIAS 2A./J. 115/2005 Y 2A./J. 27/2011 (10A.)].
Texto de la tesis
Conforme a las jurisprudencias indicadas, emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una norma es compleja cuando no contiene apartados, fracciones, incisos o subincisos, con lo que resulta de difícil comprensión; y no lo es cuando consta de párrafos que guardan interrelación entre sí, no están compuestos de elementos diversos y ajenos al tema al que se refieren, su redacción no resulta complicada, ni da lugar a incurrir en ambigüedad y es de fácil comprensión. Así, el artículo primero del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las uni...
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