IUSera
Registro digital 2018916 · Tesis aislada · 10a. Época · III.6o.C.1 K (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

SOBRESEIMIENTO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. ES IMPROCEDENTE DECRETARLO CON BASE EN ELEMENTOS CONSIDERADOS AL ADMITIR LA DEMANDA DE AMPARO O SU AMPLIACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Es verdad que el Juez de Distrito se encuentra facultado para sobreseer fuera de la audiencia constitucional cuando se acredite alguno de los supuestos previstos en el artículo 63 de la Ley de Amparo; sin embargo, ese sobreseimiento no debe sustentarse en los elementos que el juzgador federal consideró al admitir la demanda o su ampliación, sino en los obtenidos durante la sustanciación del juicio de amparo pues, al proveer la admisión, quedó vinculado a la prosecución del procedimiento. Sin que ello implique la imposibilidad de retomar dichos elementos en la sentencia respectiva, ya que el di...

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