IUSera
Registro digital 2018841 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXIII/2018 (10a.) · Primera Sala

TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN. EL ARTÍCULO 127 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el principio de irretroactividad de la ley contenido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se entiende referido tanto al legislador, por cuanto a la expedición de leyes, como a la autoridad que las aplica a un caso determinado, ya que el primero puede imprimir retroactividad al modificar o afectar derechos adquiridos con anterioridad y, el segundo, al aplicarlo, produciéndose en ambos casos el efecto prohibido por el Constituyente. Ahora bien, el artículo 127 de la Ley Federal de Telecomunicacio...

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