PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE AVENENCIA. EL ARTÍCULO 218, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR QUE PREVÉ UNA MULTA EN CASO DE INASISTENCIA DE ALGUNA DE LAS PARTES A LA JUNTA RELATIVA, PERSIGUE UN FIN ACORDE CON LA CONSTITUCIÓN.
Texto de la tesis
La ley citada, en aras de proteger, entre otras cuestiones, los derechos de autor conexos, estableció un mecanismo de solución de controversias, con la finalidad de avenir a las partes para que lleguen a un arreglo y, para lograrlo, se requiere su asistencia a la junta de avenencia, en la cual el Instituto Nacional del Derecho de Autor participa activamente en la conciliación; de ahí que la asistencia de las partes a dicha junta no corresponde a un interés exclusivo o propio de éstas, sino a uno general, por incidir en la actividad conciliadora del instituto. Ahora bien, el artículo 218, fracc...
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