IUSera
Registro digital 2018730 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.162 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

NULIDAD DE ACTUACIONES. SI SE INCLUYEN LAS TENDIENTES A IMPULSAR EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEL CONVENIO JUDICIAL QUE LAS PARTES CELEBRARON EN EL JUICIO DE ORIGEN, AQUÉLLA NO TRASCIENDE NI INCIDE EN SU EFICACIA LEGAL PARA EFECTOS DE LA PRESCRIPCIÓN INTENTADA.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Las nulidades procesales son aquellas que se actualizan al no cumplirse con las formalidades esenciales del proceso, como sucede cuando se realiza una notificación indebidamente; mientras que las nulidades sustantivas obedecen a cuestiones relacionadas con la persona que promueve, como lo sería la falta de personalidad del actor o su incapacidad para actuar en el procedimiento. En esa virtud, si en un juicio se declaran nulas todas las actuaciones, incluyendo las tendientes a impulsar el procedimiento de ejecución del convenio judicial que las partes celebraron en el juicio de origen, esa nuli...

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