IUSera
Registro digital 2018625 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXXVII/2018 (10a.) · Primera Sala

DERECHO DE AUTOR. EL ARTÍCULO 164, FRACCIÓN III, INCISO D), DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.

Constitucional y Amparo Mercantil
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Texto de la tesis

El precepto citado, al prever que el Registro Público del Derecho de Autor puede negar la inscripción de las marcas, a menos que se trate al mismo tiempo de una obra artística y la persona que pretende aparecer como titular del derecho de autor lo sea también de ella, no viola el derecho a la seguridad jurídica, pues aun cuando no precisa el grado de coincidencia entre obras y marcas que se requiere para negar el registro de una obra, a diferencia de las causales de nulidad de marcas previstas en materia de propiedad industrial respecto a la existencia de semejanzas y coincidencias que puedan...

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