IUSera
Registro digital 2018620 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCLXXXVI/2018 (10a.) · Primera Sala

DERECHO DE RÉPLICA. EL ARTÍCULO 19, FRACCIÓN VII, DE LA LEY REGLAMENTARIA QUE LO REGULA, ES INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos
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Texto de la tesis

El precepto citado, al establecer que el sujeto obligado podrá negarse a llevar a cabo la publicación o transmisión de la réplica cuando verse sobre información oficial, atenta contra uno de los pilares fundamentales del Estado de derecho: la deliberación pública informada. A través de la independencia y pluralidad de los canales informativos se combate la información sesgada políticamente, o bien, aquella en la que existen conflictos de interés. La concentración de la información en medios concordantes con líneas informativas de corte oficial genera la carencia de una actividad informadora li...

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