IUSera
Registro digital 2018599 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCCVIII/2018 (10a.) · Primera Sala

COSTAS. LOS ARTÍCULOS 158 Y 159, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA EL ESTADO DE MORELOS, NO VIOLAN EL PRINCIPIO DE IGUALDAD CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 1O. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Los preceptos legales citados al establecer, entre otras cuestiones, que en las sentencias que se dicten en los juicios que versen sobre acciones de condena, las costas serán a cargo de la parte o las partes a quienes la sentencia fuera adversa; que la condena en costas procesales se hará cuando así lo prevenga la ley, o cuando, a juicio del Juez, se haya procedido con temeridad o mala fe; y que siempre será condenado el que fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad de su parte resolutiva, en cuyo caso, la condena comprenderá las costas de ambas instancias, no violan el...

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