RECURSO DE REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE EL INTERPUESTO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE CONTRA LA SENTENCIA QUE NEGÓ AL QUEJOSO LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 87 de la Ley de Amparo, las autoridades responsables podrán interponer el recurso de revisión contra las sentencias que afecten directamente el acto que de cada una se reclame y, tratándose de amparo contra normas generales, los titulares de los órganos del Estado a los que se encomiende su promulgación o quienes los representen en los términos de dicha ley. Por tanto, el medio de impugnación mencionado es improcedente y debe desecharse, cuando en el juicio de amparo indirecto se niegue al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal, pues no se reúne uno de los r...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.