RECURSO DE QUEJA EN AMPARO DIRECTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN II, INCISO D), DE LA LEY DE LA MATERIA. PUEDE PROMOVERLO EL QUEJOSO EN SU CARÁCTER DE SENTENCIADO DENTRO DEL PROCESO PENAL, SI ES A ÉL A QUIEN CAUSA DAÑO O PERJUICIO EL PROVEÍDO EN EL QUE SE LE OTORGA LA LIBERTAD CAUCIONAL.
Texto de la tesis
Del artículo, fracción e inciso citados, que establecen: "El recurso de queja procede: ...II. Amparo directo, tratándose de la autoridad responsable, en los siguientes casos: ...d) Cuando niegue al quejoso su libertad caucional o cuando las resoluciones que dicte sobre la misma materia causen daños o perjuicios a alguno de los interesados.", deriva que si se trata de aspectos relacionados con la libertad bajo caución, el legislador estableció que la queja procede en dos supuestos cuando: 1) la responsable niegue al quejoso su libertad caucional, y, 2) la resolución que la otorgue cause daños o...
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