IUSera
Registro digital 2018337 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.P.128 P (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

PRÓRROGA DEL PLAZO DE CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN COMPLEMENTARIA. CONTRA LA NEGATIVA DEL JUEZ A SEÑALAR FECHA Y HORA DE AUDIENCIA PARA RESOLVER SOBRE AQUÉLLA, PROCEDE EL RECURSO DE REVOCACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 465 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, PREVIO A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al párrafo primero del precepto mencionado, el recurso de revocación procede en cualquiera de las etapas del procedimiento penal en las que interviene la autoridad judicial, contra las resoluciones de mero trámite que se resuelvan sin sustanciación; de ahí que contra la determinación del Juez de Control en la que se niega a señalar fecha y hora de audiencia para resolver sobre la prórroga del plazo de cierre de la investigación complementaria, proceda este medio de impugnación, al considerarse una resolución de mero trámite; por lo que, si no se agota el recurso citado, previamente a...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.