IUSera
Registro digital 2018311 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CXXXIX/2018 (10a.) · Primera Sala

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS SIN PREVIA INVESTIGACIÓN O ESFUERZO DE BÚSQUEDA DEL DOMICILIO CORRECTO DEL DEMANDADO. EL PÁRRAFO QUINTO DEL ARTÍCULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, QUE LO PERMITE CUANDO EL DOMICILIO PACTADO EN EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN, NO CORRESPONDA AL DE LA DEMANDADA, RESULTA INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El quinto párrafo del artículo 1070 del Código de Comercio resulta inconstitucional y violatorio de la garantía de audiencia previa; y, por consecuencia, de las garantías de legalidad y debido proceso, protegidas por los artículos 14 y 16 constitucionales, al permitir que, sin un esfuerzo de búsqueda del domicilio correcto en que deba ser notificada la parte demandada, se permita su emplazamiento por edictos en los casos en que intentada la notificación en el domicilio convencional pactado en el documento base de la acción, no corresponda. Lo anterior, toda vez que, si bien la notificación por...

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