IUSera
Registro digital 2018222 · Tesis aislada · 10a. Época · I.14o.T.9 L (10a.) · DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS LÍNEAS AÉREAS, SIMILARES Y CONEXAS. FORMA EN LA QUE DEBE PAGARSE LA PRESTACIÓN DENOMINADA "BOLSA SEMESTRAL", PREVISTA EN LA CLÁUSULA 96 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CELEBRADO CON AEROVÍAS DE MÉXICO.

Laboral y Seguridad Social Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La cláusula 96 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Aerovías de México, S.A. de C.V. y el Sindicato Nacional de Trabajadores al Servicio de las Líneas Aéreas, Similares y Conexas, establece que la prestación denominada "bolsa semestral" se repartirá a los trabajadores que hayan laborado en ese semestre jornadas nocturnas de 7 horas continuas, y precisa en la parte final que esa bolsa "...se distribuirá de manera equitativa y proporcional al número de eventos de siete horas continuas en jornadas nocturnas por cada trabajador...". En dicha disposición se prevé el pago "proporcional"...

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