PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE CODEMANDADOS FÍSICOS EN EL JUICIO LABORAL. EL OFERENTE DEBE ESPECIFICAR SI SU DESAHOGO SERÁ COMO CODEMANDADO FÍSICO Y PARA HECHOS PROPIOS, PUES DE LO CONTRARIO HABRÁ DE TENERSE POR OFRECIDA ÚNICAMENTE COMO CODEMANDADO.
Texto de la tesis
Tratándose de la prueba confesional en el procedimiento laboral, la Ley Federal del Trabajo prevé dos tipos; el primero se regula en el artículo 786 que establece que cada parte podrá solicitar se cite a su contraparte para absolver posiciones y, respecto de personas morales, su desahogo debe verificarse por conducto de su representante legal; el segundo, se prevé en el numeral 787, que señala que también podrá citarse a absolver posiciones personalmente a los directores, administradores, gerentes y, en general, a las personas que ejerzan funciones de dirección y administración en la empresa o...
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