IUSera
Registro digital 2018135 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.1o.A.167 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO EN EL QUE SE RECLAME LA DETERMINACIÓN DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA QUE DECLARA INFUNDADA LA QUEJA INTERPUESTA POR DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE NULIDAD QUE CONMINA AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO A LA CORRECTA CUANTIFICACIÓN DE UNA PENSIÓN. SE SURTE EN FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE UBIQUE EL DOMICILIO DEL PENSIONADO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 176/2009, consideró que, cuando se reclame la indebida cuantificación de la pensión de un derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, debe considerarse competente, conforme al primer párrafo del artículo 36 de la Ley de Amparo abrogada –correlativo del primer párrafo del artículo 37 de la ley de la materia vigente–, el Juez de Distrito en cuya jurisdicción se ubique el domicilio del quejoso, al ser éste el lugar en que debe entenderse que se ej...

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