UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. EL CONCEPTO DE DÍAS ECONÓMICOS NO INTEGRA EL SALARIO CON EL QUE SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN DE SUS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS.
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 24/2012 (10a.), estableció que la gratificación por jubilación debía computarse de conformidad con el salario integrado, el cual, de acuerdo con la cláusula 4, apartado 11, del Contrato Colectivo de Trabajo, celebrado entre la Universidad Nacional Autónoma de México y el Sindicato de Trabajadores de dicha institución, para el bienio 2012–2014 consiste en la contraprestación a pagar por los servicios prestados y se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones en...
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