CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. LA OBLIGACIÓN DEL PAGO DE RENTAS SE EXTINGUE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE REALIZA LA DILIGENCIA ACTUARIAL POR LA QUE DEBE TENERSE POR ENTREGADA LA POSESIÓN DEL BIEN AL ARRENDADOR, AUN SIN LA VOLUNTAD EXPRESA DEL ARRENDATARIO.
Texto de la tesis
El contrato de arrendamiento obliga al arrendador a dar la posesión de un bien a cambio de un precio cierto que el arrendatario se obliga a pagar por su renta, por lo que su obligación surge a partir de que recibe la posesión del inmueble y termina en el momento en el que la devuelve al arrendador. Esto es, la liberación del pago de rentas a cargo del arrendatario debe coincidir con la entrega de la posesión del inmueble al arrendador, pues mientras éste no reciba la posesión sigue impedido, incluso, para poder entrar a éste. En ese sentido, tampoco es correcto que el arrendatario siga obligad...
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