IUSera
Registro digital 2017995 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.A.129 A (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

LAVADO O BLANQUEO DE CAPITALES. CONCEPTOS DE CLIENTE Y USUARIO QUE DEBEN CONSIDERAR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO O ENTIDADES FINANCIERAS PARA SUSPENDER LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES O SERVICIOS, A FIN DE PREVENIR Y DETECTAR ACTOS U OMISIONES QUE PUDIERAN CONSTITUIR DICHA ACTIVIDAD.

Penal Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La 2a. de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, emitidas por el secretario de Hacienda y Crédito Público, define como 1. Cliente, a cualquier persona física, moral o fideicomiso que, directamente o por conducto de algún comisionista contratado por la entidad –cualquier institución de crédito– respectiva: a) Actúe en nombre propio o a través de mandatos o comisiones, como cuentahabiente de una entidad; o, b) Utilice, al amparo de un contrato, los servicios prestados por la entidad o realice operaciones con ésta; y, como 2....

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