DIVORCIO. EL ARTÍCULO 267, FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO QUE ESTABLECE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA A FAVOR DEL CÓNYUGE QUE ASUMIÓ LAS CARGAS DOMÉSTICAS Y DE CUIDADO, NO ES VIOLATORIO DEL DERECHO A LA IGUALDAD.
Texto de la tesis
Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en el sentido de que una vertiente del derecho a la igualdad implica que toda persona debe recibir el mismo trato y gozar de los mismos derechos que los demás, siempre y cuando se encuentre en una situación similar que sea jurídicamente relevante. Ahora bien, el artículo 267, fracción VI, del Código Civil para la Ciudad de México otorga el derecho de solicitar la compensación económica al cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado preponderantemente al trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, siempre y cua...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.