CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE MICHOACÁN Y SUS MUNICIPIOS. EL SILENCIO Y LAS EVASIVAS HACEN QUE SE TENGAN POR ADMITIDOS AQUELLOS HECHOS SOBRE LOS QUE NO SE SUSCITE CONTROVERSIA, Y NO PODRÁ ADMITIRSE PRUEBA EN CONTRARIO (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 878 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO A LA LEY BUROCRÁTICA LOCAL).
Texto de la tesis
El artículo 8o. de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, autoriza la aplicación supletoria de la Ley Federal del Trabajo. Por su parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1065, de rubro: "SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE.", estableció que la aplicación supletoria de una ley respecto de otra, procede para integrar una omi...
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