IUSera
Registro digital 2017949 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.P.72 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO PENAL ORDENADA EN LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR UNA DE LAS PARTES. NO TIENE EL ALCANCE DE HACER RESURGIR LOS DERECHOS DE IMPUGNACIÓN PRECLUIDOS DE LA PARTE CONTRARIA, TRATÁNDOSE DE TEMAS RESUELTOS DESDE LA PRIMERA SENTENCIA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La reposición del procedimiento penal ordenada en la resolución dictada en el recurso de apelación interpuesto por una de las partes, no puede tener el alcance de hacer resurgir los derechos precluidos de impugnación de la parte contraria, respecto de temas o aspectos resueltos desde la primera sentencia, y consentidos por no hacer valer el recurso respectivo, pues se produciría la afectación a dos diversos principios; por un lado, el de non reformatio in peius, que impide que una resolución dictada en segunda instancia o los efectos de las determinaciones derivadas de esa revisión por un órga...

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