EMPLAZAMIENTO A JUICIO ORAL MERCANTIL. ALCANCE DE LA EXPRESIÓN "SIGNOS EXTERIORES DEL INMUEBLE" CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 1390 BIS 15 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
Texto de la tesis
La disposición normativa apuntada establece, entre otras cuestiones, que en la diligencia del emplazamiento al juicio oral mercantil, el notificador se identificará ante la persona que atienda su llamado y asentará en el acta respectiva los medios por los que se cerciore de ser el domicilio del buscado, así como los "signos exteriores del inmueble" que puedan servir de comprobación de haber acudido al domicilio señalado como el del buscado. Este requisito obedece a la necesidad de cuidar la efectiva realización del emplazamiento que si bien ya de suyo constituye el acto procesal de mayor entid...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.