IUSera
Registro digital 2017868 · Tesis aislada · 10a. Época · I.18o.A.89 A (10a.) · DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

ALCOHOLÍMETRO. LAS FORMALIDADES PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y EN LA LEY DE CULTURA CÍVICA, AMBOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CUMPLEN CON EL ESTÁNDAR EXIGIBLE DE CADENA DE CUSTODIA, BAJO UN ENFOQUE DE INTEGRIDAD PROBATORIA.

Transporte y Comunicaciones Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

En términos de los artículos 51, fracción I, inciso f), del Reglamento de Tránsito y 56 de la Ley de Cultura Cívica, ambos de la Ciudad de México, el "ticket" que imprime el resultado de la prueba, así como los documentos denominados "formato cadena de custodia" y "boleta de remisión" están sujetos a ciertas formalidades para salvaguardar la legalidad y el objetivo del procedimiento. Ahora bien, los tres documentos ("ticket de prueba", "formato cadena de custodia" y "boleta de remisión") constituyen una unidad probatoria, pues juntos contienen de manera particularizada los datos de identificac...

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