IUSera
Registro digital 2017780 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.P.132 P (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTOS DE TORTURA. SI EL JUEZ SOSLAYA LA DENUNCIA REALIZADA POR EL TESTIGO DE LA COMISIÓN DEL DELITO IMPUTADO AL ACUSADO, QUIEN DECLARÓ HABER SIDO VÍCTIMA DE AQUÉLLOS, SIN ORDENAR LA INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTE CONFORME AL PROTOCOLO DE ESTAMBUL, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con lo sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los juicios del orden penal debe reponerse el procedimiento para iniciar una investigación en el marco del proceso legal para hacerse de elementos que permitan determinar la existencia de tortura en su vertiente de violación a derechos humanos, cuando ésta posiblemente sea cometida contra el inculpado, imputado, procesado, acusado, sentenciado o cosentenciado. Sin embargo, esas prácticas pueden llevarse a cabo no sólo contra dichos sujetos, sino también respecto de un testigo de los hechos, del que pudiera obtenerse...

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