IUSera
Registro digital 2017770 · Tesis aislada · 10a. Época · XIX.2o.A.C.1 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

RECONVENCIÓN. SI EXISTE CONCURRENCIA DE PRESTACIONES EN RELACIÓN CON LAS HIPÓTESIS DE PROCEDENCIA DE LA VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA, PROCEDE AQUELLA ACCIÓN (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 470, 536 Y 539 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 539 citado, establece que la tramitación del juicio sumario debe seguirse en la vía especial hipotecaria, por su parte, el diverso artículo 536 prevé la reconvención en el juicio hipotecario; por tanto, si en el recurso de revocación, el Juez responsable confirma el desechamiento de la reconvención que formula el demandado bajo la base de que las prestaciones consistentes en la declaración de ilicitud del indicador denominado "veces salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal", que se introdujo en el contrato base de la acción y la devolución de una cantidad de dinero que le f...

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